El Pueblo Naso y la urgente necesidad de un nuevo “pacto” entre el Estado panameño y los pueblos indígenas

noviembre 20, 2009

  • Los pueblos indigenas de Panama en curso de colisión.

Localizados en territorios periféricos, los pueblos indígenas fueron relegados y excluidos de la dinámica económica del eje transístmico. La marginalidad y el olvido corrieron parejas con un importante margen de autonomía tolerado por la clase política y económica, y finalmente legitimado con las leyes comarcales. La expansión de la economía panameña condujo a una revaloración de estos territorios marginales. Sus recursos naturales fueron apreciados en función de los proyectos mineros, forestales, hidroeléctricos, turísticos y agropecuarios. Las comarcas se convirtieron en la última frontera de la economía moderna. Sus pobladores, sumidos en el analfabetismo y baja calificación laboral, no han formado parte de los grandes proyectos de inversión. Entre 1997 y el 2003 la pobreza en el área indígena se incrementó de 95.4% a 98.4%[i].

La colisión era previsible (Ver: «CIDH pide al Gobierno protección para los naso«). Las autoridades tradicionales se prepararon para enfrentar lo que han considerado como una nueva amenaza a sus derechos, identidad cultural, sistemas de gobierno y propiedad de la tierra. Incluso los programas y proyectos y programas gubernamentales fueron recibidos con desconfianza, por los métodos escasamente participativos, invasivos y poco transparentes con que fueron ejecutados[ii]. La percepción de las comunidades indígenas es que millones de dólares se han dilapidado en proyectos gubernamentales que en nada los ha beneficiado.

  • El Pueblo Naso el eslabon más debil.

El Pueblo Naso ha intentado infructuosamente que la Asamblea Nacional apruebe la Ley mediante la cual se crea la Comarca Naso Tjër Di [iii] la cual seria segregada del Distrito de Changuinola, Provincia de Bocas del Toro, con una  área total de 160, 616,70 hectáreas de los cuales 125,141 hectáreas pertenecen al Parque Internacional La Amistad y 21,722 al Bosque Protector Palo Seco (ambas, áreas protegidas).

En el año 2005 se inició en la Comisión de Asuntos Indígenas de la Asamblea el primer debate sobre el anteproyecto de Ley No. 19 de constitución de la Comarca Naso Tjër Di siendo aprobada por esta instancia el 21 de abril del año 2005[iv]. Siguiendo con los procedimientos propios el Presidente de dicha Comisión presento el informe al pleno de la Asamblea para formalizar su inserción dentro de la agenda legislativa de la Asamblea Nacional, lo cual aun esta pendiente.

  • Sistema de Gobierno del Pueblo Naso

Autoridad tradicional

La organización político-administrativa tradicional está constituida por una monarquía hereditaria (única en América), apoyada por un Consejo General de Dirigentes como órgano consultivo y con poder de decisión.  Existen dos niveles de organización: el primero y más tradicional se refiere al territorio en su conjunto (Rey) y el segundo, a nivel comunitario (Asamblea)[v].

Autoridades oficiales

Como aun no se crea legalmente la Comarca Naso Tjër Di,  el Gobierno decidió constituir el Corregimiento de Teribe, formando parte del Distrito de Changuinola, Provincia de Bocas del Toro, lo cual ha creado confusión y conflictos por falta de entendimiento entre las funciones de autoridad del Rey y el Consejo y las funciones del Representante de Corregimiento.

  • Propiedad de la Tierra

La propiedad de la tierra es individual o familiar (como familia nuclear).  La forma de adquirir el derecho posesorio se realiza por tres vías: permiso del Rey, herencia y compra. La solicitud para adquirir el derecho del bosque virgen, sin propiedad se gestiona ante el Regidor y el Rey[vi].  No obstante, el Proyecto de Ley para la creación de la Comarca Naso Tjër Di establece en su articulo 3 que las tierras  son de propiedad del Estado Panameño, dadas en forma colectiva al pueblo Naso Tjër Di, quien la administrará y usufructuará. Esta redacción ha sido objetada por los dirigentes nasos.

  • Conservación de los Recursos Naturales

En la Exposición de Motivos adicional a los argumentos asociados a la importancia de reconocer el derecho que tiene el grupo Naso a su territorio tradicional, también se menciona la contribución que el sistema de producción del pueblo Naso hace a la conservación del medio ambiente y las garantías al mantenimiento de las áreas protegidas.

El art. 22 del Proyecto de Ley establece que la explotación de los recursos naturales de la Comarca Naso Tjër Di, no podrán llevarse a cabo de forma que amenacen o pongan en peligro la cultura, la biodiversidad, la supervivencia y la paz social del pueblo Naso. En el art. 26  se crea una Comisión Especial de Resolución de Conflictos Ambientales y Agrarios integrados por delegados de la Dirección Nacional de Reforma Agraria, la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), la Dirección Nacional de Política Indigenista y la Comarca Naso.

Hacia una nueva relacion entre los Pueblos Indigenas y el Estado Panameño

Se hace necesario con caracter de urgencia finalizar el proceso de creación dla Comarca Naso Tjër Di, de tal manera que ste pueblo disponga de pleno control sobre el territorio.

Se requieren de acciones consistentes para contribuir a mejorar las relaciones entre los Pueblos Indigenas y el estado panameño, dentro de un marco de respeto mutuo y cooperación constructiva. Esto implica, liberar la presencia gubernamental en las comarcas indígenas, de la corrupcion que tanto ha deteriorado la confianza. Es necesario fortalecer las estructuras de gobierno, la identidad cultural y los derechos de los Pueblos Indigenas.

Resumiendo, la nueva relación entre el Estado panameño y los Pueblos Indigenas debe estar basada en: (a)  el reconocimiento  y  respeto  de  los  Congresos  Comarcales  y  sus  Autoridades  Tradicionales,  como interlocutores legítimos de sus pueblos; (b) una relación horizontal lejos del verticalismo prevaleciente,    y  (c)  el  fortalecimiento  de  las  capacidades  técnicas  e  institucionales  de  los  Congresos comarcales y comunidades indígenas, para participar, en calidad de coejecutores, en las actividades de diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las inversiones públicas y privadas aceptadas por las poblaciones autóctonas.

Se requiere tomar en cuenta las “lecciones aprendidas” a escala nacional e internacional en la creación de espacios de dialogo y concertacion.


[i] MEF,  Pobreza y Desigualdad en Panamá. La equidad: un reto impostergable, Panamá, marzo de 2006.

[ii] La Licda Elda Cruz, de la UCP del MISA, ha señalado como un factor relevante el escaso compromiso de los pueblos indígenas en el mantenimiento de los sistemas construidos. En su opinión, “la falta de concienciación de las responsabilidades comunitarias de las labores de mantenimiento son la principal causa del abandono  e inhabilitación de los  sistemas”. Reunión para revisar el MI, 17-03-2007, Panamá.

[iii] El Rey Naso Don Tito Santana explica el origen del termino Tjer Di “… (la) gente de afuera… no podían pronunciar Tjer Di, entonces, escribieron Teribe. El nombre verdadero de ese pueblo es Tjer Di, o sea, Tjer es la abuela, Di es el río, donde vivimos, donde viven los nasos”. En: Asamblea Legislativa de Panamá, Acta de la sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa correspondiente a los días 21, 22 y 24 de junio de 2004.

[iv] Asamblea Legislativa de Panamá, Secretaría General, Trámite Legislativo 2004-2005, Proyecto N° 019,  Título: Por el cual se crea la Comarca Naso Tjer Di. Fecha de Presentación: 6 De Septiembre de 2004.

[v] Alvarado, Eligio,  Perfil de los pueblos de Panamá. Banco Mundial, Unidad Regional de Asistencia Técnica-RUTA y Ministerio de Gobierno y Justicia. Panamá,  2001.

[vi] CBMAP/ANAM, Caracterización Socio-económica y Biológica del Pueblo y Territorio Indígena Naso, Bocas del Toro, Panamá, 2002.

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.